2018-03-01

Impuesto Bolsas Plásticas

Impuesto nacional al Consumo de Bolsas Plásticas


HECHO GENERADOR:
Las bolsas plásticas que están sujetas a impuesto son aquellas que se entregan al cliente por parte del establecimiento comercial para llevar los productos comprados, que no sean biodegradables ni reutilizables (Art. 512-16 Estatuto Tributario).  El impuesto se causará al momento de la entrega de la bolsa. En todos los casos, en la factura de compra o documento equivalente deberá constar expresamente el número de bolsas y el valor del impuesto causado.

SUJETO PASIVO:
la persona que opte por recibir bolsas plásticas cuya finalidad sea cargar o llevar los productos adquiridos en establecimientos (incluyendo domicilios). Adicionalmente, si la bolsa es vendida por parte del establecimiento comercial, el cliente deberá asumir el IVA que esta operación genere.

RESPONSABLES:
Los responsables de Declarar y Pagar este impuesto son todas las Personas Naturales y Jurídicas pertenecientes al Régimen Común del IVA. Este impuesto no podrá tratarse como costo, deducción o impuesto descontable.


TARIFA:

Año           Valor
2017           $ 20
2018           $ 30           
2019           $ 40
2020           $ 50


2018-02-25

Planilla Electrónica


Pago de Seguridad Social por medio de Planilla Electrónica


Desde la expedición del Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social DUR 780 de 2016, se ha venido reglamentado la forma en realizar los pagos de las Planillas de Seguridad Social, que para esta ocasión, deberán ser por medio electrónico bajo los parámetros planteados por el Decreto 948 de 2018, el cuál modifico las fechas establecidas en el Decreto 1765 de 2017, como se explica a continuación:



Decreto 948 de 2018


Decreto 1765 de 2017


 Nota: Aplica únicamente para los residentes de municipio de categorías del 1 al 4. Click Aqui para consultar dichos municipios


Es decir, la generación de las planillas a través del PILA deberán ser pagas online, para ello, se debe necesitar una conexión a internet y una cuenta bancaria donde pueda realizar pagos en la web.

2018-02-14

Opción de Pagos extemporáneos después de presentada la Retefuente

Eficacia de la presentación de la Declaración de Retenciones en la Fuente con pago a dos meses siguientes del vencimiento o compensación con saldo a favor de impuesto de Renta




Uno de los cambios más representativos que trajo la reforma tributaria sin duda alguna fue el de la presentación de la declaración de Retención en la Fuente con posibilidad de pago (a más tardar) de dos meses después de su vencimiento, como quedo en la modificación del Art. 580-1 del Estatuto Tributario. Sin embargo, este pago se deberá liquidar con los intereses moratorios correspondientes al tiempo transcurrido.

Por otro lado, la Ley 1819 de 2016 también introdujo el cambio en este artículo para que el valor de la declaración de retención en la fuente se compense con el saldo a favor de impuesto de Renta que se tenga presente en el momento; este deberá ser solicitado ante la DIAN en los próximos seis meses siguientes a la presentación de la declaración de Retención en la fuente. Cabe resaltar que el saldo a favor debe ser igual o superior dos veces para poder hacer dicha compensación.

2018-01-29

Marco Normativo NIIF

Marco Normativo de las NIIF en Colombia


Desde la Ley 1314 de 2009 donde se establece el nuevo régimen para llevar la contabilidad en Colombia bajo estándares internacionales, el gobierno nacional ha expedido una serie de normas las cuales han reglamentado y modificado el proceso de la convergencia a las NIIF, las cuales presentamos a continuación:

Ley 1419 de 2009: 
  • Regula los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia.
  • Se señalan las autoridades y vigilantes competentes.
Decretos 2784 - 3022 - 2706:



Para establecer la clasificación en un grupo, la empresa debe revisar el promedio de trabajadores y activos 12 meses antes de la fecha de preparación obligatoria. La permanencia mínima en el grupo que en el momento haya quedado clasificado será por 3 años a partir del periodo de transición.


Decreto 2548 de 2014:
Se amplían las fechas para que siga vigente el Decreto 2649 de 1993 (Principios y normas que se aplicaban antes de las NIIF)

Decreto 2129 de 2014:
Nuevo plazo para que los voluntarios del Grupo 2, apliquen NIIF plenas.

Decreto 302 de 2015:
Marco Técnico Normativo de las Normas de Aseguramiento de la Información que contiene las NIA - NICC - NITR - ISAE - NISR y código de ética para profesionales de Contaduría.

Decreto 2420 de 2015:
Decreto Único Reglamentario de NIIF.

Decreto 2496 de 2015:
modificación al Decreto 2420 de 2015 - Decreto Único Reglamentario de NIIF.

2018-01-07

Cambios Reforma Tributaria 2016


Principales cambios que trajo la Reforma Tributaria

Ley 1819 de 2016 



A continuación, presentamos los principales cambios que nos dejó esta última reforma tributaria:

  • Incremento de la tarifa general IVA del 16% a 19%.
  • Eliminación de la Retención de IVA para el Régimen Simplificado.
  • Desaparición del impuesto para la equidad CREE y aumento del impuesto de Renta para personas jurídicas del 25% al 34% para el año gravable 2017 y 33% para los siguientes años.
  • Incremento en las tarifas especiales de Renta como a Hoteles que gozan del beneficio de la Ley 1429 y empresas ubicadas en Zonas Francas. 
  • Aumento de la Renta Presuntiva a 3,5%.
  • Disminución en los topes para Declaración de Renta de personas Naturales (Click Aquí topes actuales) y Régimen Simplificado (Click Aquí para mayor información)
  • Se suprime los métodos IMAS e IMAN para el cálculo de Renta de personas naturales y se estructura su liquidación de forma cedular e implementación opcional del Monotributo.
  • Ajuste en el cálculo de la depreciación de activos fijos y aumento de su vida útil.
  • Se elimina el desmonte gradual del Gravamen a los Movimientos Financieros GMF que se tenía calculado a partir del 2019 para reducir la tarifa a cero para el 2022; el cual había sido creado de carácter temporal en la crisis al final de la década de los 90´S, sin embargo, queda de forma permanente hasta ahora.

2018-01-04

Eliminación declaración Impoconsumo Régimen Simplificado

Eliminación de la Declaración Anual de Impuesto al Consumo para Régimen Simplificado


Mediante el Concepto 017806 de Julio de 2017, la DIAN manifestó que:
"...Las obligaciones de declarar y facturar del régimen simplificado del impuesto nacional al consumo al tratarse de obligaciones formales, no son exigibles a partir del 1º de enero de 2017, perdiendo ejecutoriedad formulario 315 para declarar y como las resoluciones de numeración de facturación." 

Esta aclaración surgió luego que la reforma tributaria del 2016 adicionó el Art. 512-14 al Estatuto Tributario, donde señala que los responsables del Régimen Simplificado del Impuesto Nacional al Consumo, deberán reñirse a lo que establece el Art. 506 Obligaciones del Régimen Simplificado del IVA; sin embargo, había una discusión debido a que la DIAN en su portal aún tenia cargado el formulario 315 de Uso obligatorio para los pertenecientes al Régimen Simplificado de Impuesto al Consumo.


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