2018-03-01

Impuesto Bolsas Plásticas

Impuesto nacional al Consumo de Bolsas Plásticas


HECHO GENERADOR:
Las bolsas plásticas que están sujetas a impuesto son aquellas que se entregan al cliente por parte del establecimiento comercial para llevar los productos comprados, que no sean biodegradables ni reutilizables (Art. 512-16 Estatuto Tributario).  El impuesto se causará al momento de la entrega de la bolsa. En todos los casos, en la factura de compra o documento equivalente deberá constar expresamente el número de bolsas y el valor del impuesto causado.

SUJETO PASIVO:
la persona que opte por recibir bolsas plásticas cuya finalidad sea cargar o llevar los productos adquiridos en establecimientos (incluyendo domicilios). Adicionalmente, si la bolsa es vendida por parte del establecimiento comercial, el cliente deberá asumir el IVA que esta operación genere.

RESPONSABLES:
Los responsables de Declarar y Pagar este impuesto son todas las Personas Naturales y Jurídicas pertenecientes al Régimen Común del IVA. Este impuesto no podrá tratarse como costo, deducción o impuesto descontable.


TARIFA:

Año           Valor
2017           $ 20
2018           $ 30           
2019           $ 40
2020           $ 50


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