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2018-03-30

Depreciación Activos Fijos

Modificación del cálculo de depreciación a los Activos Fijos


La Reforma Tributaria (Ley 1819 de 2016) trajo varios cambios, entre ellos la modificación al Art. 137 que habla sobre el límite de la deducción por depreciación, donde anteriormente se encontraba establecido los años de vida útil de acuerdo al Activo fijo y ahora dadas por unas tasas máximas anuales:




Cabe resaltar, que con la implementación de las Políticas Contables de las NIIF, cada empresa es libre de determinar el método y años de vida útil de sus Activos Fijos, los cuales deberán estar soportados por estudios técnicos, manuales de uso e informes. Sin embargo, para efectos fiscales, la deducción de depreciaciones no podrá superar las tasas anteriormente expuestas. La diferencia entre la depreciación contable y depreciación fiscal será deducible en los periodos siguientes al término de la vida útil del activo. 

Referente a a los Activos Menores (aquellos que su costo es inferior a 50 UVT) su depreciación se seguirán deduciendo en su totalidad en el mismo año de adquisición, como lo aclaró la DIAN en el Oficio 1416 de Diciembre de 2017.

Para terminar, el cálculo de la Tasa de Depreciación Fiscal anual, será implementada para los Activos Fijos adquiridos después de la fecha que empieza a regir la Reforma Tributaria, es decir a partir del 2017. Los activos fijo adquiridos en el 2016, se seguirán depreciando de la forma en que se venia haciendo anteriormente, como se menciona en el numeral 2 del Art. 290 del Estatuto Tributario.

2018-01-07

Cambios Reforma Tributaria 2016


Principales cambios que trajo la Reforma Tributaria

Ley 1819 de 2016 



A continuación, presentamos los principales cambios que nos dejó esta última reforma tributaria:

  • Incremento de la tarifa general IVA del 16% a 19%.
  • Eliminación de la Retención de IVA para el Régimen Simplificado.
  • Desaparición del impuesto para la equidad CREE y aumento del impuesto de Renta para personas jurídicas del 25% al 34% para el año gravable 2017 y 33% para los siguientes años.
  • Incremento en las tarifas especiales de Renta como a Hoteles que gozan del beneficio de la Ley 1429 y empresas ubicadas en Zonas Francas. 
  • Aumento de la Renta Presuntiva a 3,5%.
  • Disminución en los topes para Declaración de Renta de personas Naturales (Click Aquí topes actuales) y Régimen Simplificado (Click Aquí para mayor información)
  • Se suprime los métodos IMAS e IMAN para el cálculo de Renta de personas naturales y se estructura su liquidación de forma cedular e implementación opcional del Monotributo.
  • Ajuste en el cálculo de la depreciación de activos fijos y aumento de su vida útil.
  • Se elimina el desmonte gradual del Gravamen a los Movimientos Financieros GMF que se tenía calculado a partir del 2019 para reducir la tarifa a cero para el 2022; el cual había sido creado de carácter temporal en la crisis al final de la década de los 90´S, sin embargo, queda de forma permanente hasta ahora.

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